El pasado miércoles por la noche, la Cámara de Diputados aprobó la creación de la Guardia Nacional. 

El dictamen con la adenda, tras las audiencias públicas y avalado por el pleno, establece que la Federación contará con una institución policial de carácter y dirección civil denominada Guardia Nacional.

Precisa que la institución será responsable de las tareas de seguridad pública para la salvaguarda de la vida, la libertad, la integridad y el patrimonio de las personas, la preservación de los bienes y recursos de la nación, así como la colaboración con las entidades federativas en los objetos anteriores.

La ley determinará la estructura orgánica de la Guardia Nacional adscrita a la secretaría del ramo de seguridad y que tendrá una Junta de Jefes de Estado Mayor integrada por las dependencias de Seguridad, Defensa Nacional y Marina.

Asimismo, señala que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional se regirán por una doctrina policial fundada en la disciplina, el acatamiento de las órdenes superiores, el respeto a los derechos humanos y la perspectiva de género en el ejercicio de sus funciones.

Además, establece plazo para que dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de esta reforma, el Congreso expedirá la Ley de la Guardia Nacional.

También dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso de la Unión expedirá las leyes que reglamenten el uso legítimo de la fuerza y el registro nacional de detenciones.

El documento establece que los delitos cometidos por elementos de la Guardia Nacional, en el ejercicio de las funciones de la misma, serán conocidos por la autoridad civil competente, en tanto que las faltas y delitos contra la disciplina militar serán conocidos por las autoridades y tribunales militares que correspondan.

  • Los detenidos deberán ser puestos a disposición en instalaciones de las autoridades que correspondan.

El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conforman el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El cual estará sujeto al establecimiento de un sistema nacional de información en seguridad pública al que las entidades federativas y los municipios, a través de sus órganos de policía, deberán suministrar la información de que dispongan en la materia conforme a la ley.

  • El sistema contendrá también la base de datos criminalísticos y de personas para las instituciones de seguridad pública.

Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad si no ha sido debidamente certificada y registrada en dicho sistema.

La Guardia Nacional se constituirá con los elementos de las policías Federal, Militar y Naval que determine en acuerdos de carácter general el Ejecutivo federal.

Con información de UNO TV.